Índices y Factores

Tasas de Recargos

Tasas de Recargos


Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar el pago de contribuciones extemporáneas.

< 2005 >

Meses Mora * Prorroga ** Fecha Publica
Enero1.13%0.75%28-1-2005
Febrero1.13%0.75%28-2-2005
Marzo1.13%0.75%8-3-2005
Abril1.13%0.75%4-4-2005
Mayo1.13%0.75%3-5-2005
Junio1.13%0.75%31-5-2005
Julio1.13%0.75%29-6-2005
Agosto1.13%0.75%25-7-2005
Septiembre1.13%0.75%31-8-2005
Octubre1.13%0.75%3-10-2005
Noviembre1.13%0.75%3-11-2005
Diciembre1.13%0.75%9-12-2005

Fuente : SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

* El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para ellos y por prórroga será de 0.98%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.

** El artículo 8°. de la Ley de Ingresos de la Federación, establece que, cuando conforme al Código se permita que la tasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será de 1.26% mensual en pagos a plazos en parcialidades hasta por 12 meses; en el caso de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual y 1.82% si se trata de pagos de superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.