Índices y Factores

Tasas de Recargos

Tasas de Recargos


Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar el pago de contribuciones extemporáneas.

< 2003 >

Meses Mora * Prorroga ** Fecha Publica
Enero2.01%1.34%20-1-2003
Febrero2.15%1.43%27-1-2003
Marzo1.94%1.29%26-2-2003
Abril2.07%1.38%24-3-2003
Mayo2.12%1.41%8-5-2003
Junio1.97%1.31%27-5-2003
Julio1.76%1.17%1-7-2003
Agosto1.61%1.07%31-7-2003
Septiembre1.55%1.03%1-9-2003
Octubre1.52%1.01%30-9-2003
Noviembre1.52%1.01%10-11-2003
Diciembre1.49%0.99%16-12-2003

Fuente : SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

* El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para ellos y por prórroga será de 0.98%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.

** El artículo 8°. de la Ley de Ingresos de la Federación, establece que, cuando conforme al Código se permita que la tasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será de 1.26% mensual en pagos a plazos en parcialidades hasta por 12 meses; en el caso de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual y 1.82% si se trata de pagos de superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.