Índices y Factores

Tasas de Recargos

Tasas de Recargos


Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar el pago de contribuciones extemporáneas.

< 2002 >

Meses Mora * Prorroga ** Fecha Publica
Enero1.55%1.03%21-1-2002
Febrero1.79%1.19%11-2-2002
Marzo0.62%0.41%28-2-2002
Abril2.22%1.48%8-4-2002
Mayo1.29%0.86%30-4-2002
Junio1.04%0.69%6-6-2002
Julio1.67%1.11%2-7-2002
Agosto1.32%0.88%26-7-2002
Septiembre1.61%1.07%29-8-2002
Octubre1.38%0.92%1-10-2002
Noviembre1.14%0.76%25-10-2002
Diciembre1.43%0.95%3-12-2002

Fuente : SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

* El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para ellos y por prórroga será de 0.98%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.

** El artículo 8°. de la Ley de Ingresos de la Federación, establece que, cuando conforme al Código se permita que la tasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será de 1.26% mensual en pagos a plazos en parcialidades hasta por 12 meses; en el caso de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual y 1.82% si se trata de pagos de superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.