Índices y Factores

Tasas de Recargos

Tasas de Recargos


Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar el pago de contribuciones extemporáneas.

< 2000 >

Meses Mora * Prorroga ** Fecha Publica
Enero2.23%1.49%28-1-2000
Febrero2.01%1.34%8-3-2000
Marzo1.47%0.98%8-3-2000
Abril2.07%1.38%7-4-2000
Mayo2.15%1.43%23-5-2000
Junio2.00%1.33%7-6-2000
Julio2.43%1.62%28-6-2000
Agosto2.39%1.59%9-8-2000
Septiembre2.31%1.54%12-9-2000
Octubre2.30%1.53%6-10-2000
Noviembre2.06%1.37%25-10-2000
Diciembre2.22%1.48%30-11-2000

Fuente : SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

* El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para ellos y por prórroga será de 0.98%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.

** El artículo 8°. de la Ley de Ingresos de la Federación, establece que, cuando conforme al Código se permita que la tasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será de 1.26% mensual en pagos a plazos en parcialidades hasta por 12 meses; en el caso de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual y 1.82% si se trata de pagos de superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.