Índices y Factores

Tasas de Recargos

Tasas de Recargos


Las tasas de recargos son publicadas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en el Diario Oficial de la Federación, para determinar el pago de contribuciones extemporáneas.

< 2001 >

Meses Mora * Prorroga ** Fecha Publica
Enero2.22%1.48%19-1-2001
Febrero1.83%1.22%9-2-2001
Marzo2.66%1.77%27-2-2001
Abril3.00%2.00%26-4-2001
Mayo2.30%1.54%8-5-2001
Junio2.31%1.54%4-6-2001
Julio2.42%1.61%11-7-2001
Agosto2.10%1.40%3-8-2001
Septiembre2.78%1.85%10-9-2001
Octubre1.28%0.85%5-10-2001
Noviembre0.98%0.65%11-11-2001
Diciembre1.62%1.08%4-12-2001

Fuente : SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

* El artículo 21 del Código Fiscal de la Federación establece la aplicación de la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora; para el caso será la que resulte de incrementar en 50% la tasa prevista para ellos y por prórroga será de 0.98%. Ver artículo 8º. de la Ley de Ingresos de la Federación.

** El artículo 8°. de la Ley de Ingresos de la Federación, establece que, cuando conforme al Código se permita que la tasa de recargos por prorroga incluya actualización, la tasa de recargos será de 1.26% mensual en pagos a plazos en parcialidades hasta por 12 meses; en el caso de pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.53% mensual y 1.82% si se trata de pagos de superiores a 24 meses, así como en pagos a plazo diferido.