RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC | |
Aclaración de obligaciones fiscales en el RFC | 2.5.8 / RMF |
Para los efectos del artículo 27 del CFF, para los casos en que los sistemas que administran los movimientos en el RFC asignen obligaciones fiscales que los contribuyentes consideren diferentes a lo establecido en las disposiciones fiscales que le son aplicables, deberán ingresar un caso de aclaración a través del Portal del SAT en la etiqueta “REGLA 2.5.8.”,”, anexando la documentación soporte que considere pertinente, para que la autoridad resuelva su aclaración por el mismo medio. | |
Lo establecido en el párrafo anterior aplicará también a los supuestos de actualización de obligaciones fiscales que realice la autoridad. | |
Tratándose de aquellos contribuyentes a que se refiere la regla 3.1.14.,, deberán observar lo señalado en la ficha de trámite 232/CFF “Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales”, contenida en el Anexo 1-A. | |
CFF 27, RCFF 29, 30, RMF 3.1.14. | |
Correlación para Regla 2.5.8 / RMF | |