Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.2. DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
Facilidad para que las personas físicas expidan CFDI con e.firma

2.2.8 / RMF

Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción II del CFF, las personas físicas en sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de e.firma obtenido conforme al artículo 17-D del citado Código, únicamente para la emisión, cancelación y aceptación de la cancelación de CFDI, a través de las herramientas electrónicas denominadas “Genera tu factura” tratándose de la emisión y “Portal de factura electrónica” para la cancelación y aceptación de la cancelación.
Cuando los contribuyentes que ejerzan la opción señalada en esta regla se ubiquen en alguno de los supuestos del artículo 17-H Bis del CFF, les será aplicable el procedimiento de restricción temporal contenido en dicho artículo. Cuando desahogado el procedimiento a que se refiere el citado precepto y la regla 2.2.15.,, no se hubieran subsanado las irregularidades detectadas o desvirtuado las causas que motivaron la restricción temporal, o bien, cuando haya transcurrido el plazo de cuarenta días sin que el contribuyente haya presentado la solicitud de aclaración referida, les será aplicable lo establecido en el artículo 17-H, primer párrafo, fracción X o 17-H Bis, último párrafo, ambos del CFF, según corresponda.
Los contribuyentes que se ubiquen en los casos señalados en el párrafo anterior, así como aquellos que actualicen los supuestos establecidos en el artículo 17-H, fracciones XI y XII del CFF, les será restringido el uso del certificado de e.firma para la emisión de CFDI, conforme al procedimiento que se establece en la regla 2.2.4.,, considerándose que se deja sin efectos el CSD y no podrán solicitar uno nuevo, ni ejercer otra opción para la expedición de CFDI establecida mediante reglas de carácter general, en tanto no se subsanen las irregularidades detectadas.
CFF 17-D, 17-H, 17-H Bis, 29, RMF 2.2.4., 2.2.15., 2.7.1.6.

Correlación para Regla 2.2.8 / RMF