RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.2. DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS | |
Información que deben contener los certificados | 2.2.3 / RMF |
Para los efectos del artículo 17-G del CFF, los certificados que emita el SAT, además de los datos y requisitos señalados en el mismo deberán contener los siguientes: | |
I. El código de identificación único del certificado deberá contener los datos del emisor y su número de serie. | |
II. Periodo de validez del certificado. | |
La estructura de datos del certificado digital, los algoritmos utilizados para la e.firma y el tamaño de las claves privada y pública, deberán corresponder a los estándares que se establecen en el rubro III.A. del Anexo 20. | |
Tratándose de personas físicas el CSD para la expedición de CFDI, podrá ser sustituido por el certificado de su e.firma, conforme a la regla 2.2.8. | |
CFF 17-G, RMF 2.2.8. | |
Correlación para Regla 2.2.3 / RMF | |