Anexos de las Reglas de la Miscelánea Fiscal

ANEXOS de las Reglas de la Miscelánea Fiscal

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Anexo 26 de la Resolución Miscelánea Fiscal


Códigos de Seguridad en cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano, para la Industria Tabacalera a través de servicios




I. Definiciones


    1. Acceso en línea: Entrada disponible en forma permanente, de manera remota y automatizada a los registros de los Códigos de Seguridad impresos en las cajetillas, estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano y a la información derivada de los códigos de seguridad.

    2. Conexión con entidades externas o terceros: es una conexión que permite estar conectado permanentemente y de forma segura las 24 horas del día, los 365 días del año, sin requerir el uso de una línea telefónica, es una conexión que no se apaga al dejarla de utilizar y no se enciende al quererla utilizar, es una conexión permanente de alta calidad, con un ancho de banda constante y fijo, tanto en la carga como, en la descarga de información. El servicio de enlace dedicado es contratado por un particular o por una institución pública a una empresa de comunicaciones que brinde dicho servicio.

    3. Información derivada del código de seguridad: Se refiere a la información que emite el Sistema de códigos de seguridad y que consiste en lo siguiente:

      a) Validez del código;

      b) Fecha de manufactura;

      c) Hora de manufactura;

      d) Máquina en la que se fabricó el producto;

      e) Centro de manufactura correspondiente;

      f) Marca comercial;

      g) Nombre del producto;

      h) Tipo del producto;

      i) Cantidad de cigarros u otros tabacos labrados con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano; por cajetilla, estuche, empaque, envoltura o cualquier otro objeto que los contenga.

      j) Mercado de destino;

      k) Reporte de verificaciones;

      l) Denominación o razón social de la tabacalera;

      m) Clave en el RFC de la tabacalera;

      n) País de origen;

      o) Código consecutivo;

      p) Código de aspecto aleatorio.

    4. Infraestructura de impresión: Son todos aquellos elementos técnicos, de cómputo, de muebles y demás que la tabacalera deberá proveer a su costo.

    5. Plan de continuidad de negocio (BCP): Plan logístico para la práctica de cómo una organización debe recuperar y restaurar sus funciones críticas parcial o totalmente interrumpidas dentro de un tiempo predeterminado después de una interrupción no deseada. Son parte del BCP las acciones, procedimientos, personal responsable, así como los recursos humanos, materiales, financieros y tiempos y movimiento necesarios para dar continuidad de los servicios principales, afectados por el incidente que provocó la interrupción.

    6. Plan de Recuperación de Desastres (DRP): Proceso de recuperación que cubre los datos, hardware, software y comunicaciones, para que un negocio, institución o empresa pueda comenzar de nuevo sus operaciones o servicios críticos en el menor tiempo posible en caso de materializarse una amenaza derivada de un desastre natural o causado por humanos. El DRP deberá de incluir las acciones, procedimientos, personal responsable, así como los recursos humanos, materiales, financieros, tiempos y movimientos necesarios para restablecer los servicios vitales para la operación de la organización.

    7. Plataforma de verificación del SAT: Conjunto de aplicaciones del SAT que permite verificar la validez de los códigos de seguridad a través de la consulta de la información derivada.

    8. Proveedor Certificado” o “Proveedor de Servicios Autorizado: Se entenderán realizadas al SAT.

    9. Sistema de Generación de códigos de seguridad: Conjunto de programas y equipos de cómputo destinados y administrados por el SAT para la generación de los códigos de seguridad.

    10. Tabacalera: Productor, fabricante o importador de cigarros y otros tabacos labrados, con excepción de puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano.

    11. Tiempo real: Momento en que la información contenida en los códigos de seguridad deberá estar a disposición de las autoridades cuando se lleve a cabo la verificación de dichos códigos. Se entenderá que se cumple con la obligación de proporcionar la información en tiempo real, cuando la verificación se logre hasta en un plazo de 72 horas contadas a partir de la impresión del código. El SAT se reserva el derecho de modificar este plazo de acuerdo a las necesidades de la operación, para lo cual notificará a las tabacaleras.

    12. Verificación de códigos de seguridad por las autoridades: Procedimiento a través del cual el SAT o cualquier otra autoridad podrá verificar la validez de los códigos de seguridad mediante la Plataforma de Verificación del SAT.

    13. Verificación de códigos de seguridad por los consumidores: Consulta que podrán realizar los consumidores para verificar la validez de los códigos de seguridad a través de la Plataforma de Verificación del SAT.


II. Características técnicas y de seguridad del Sistema de códigos de seguridad


    Características técnicas

    Para efectos del presente Anexo, el sistema de códigos de seguridad deberá cumplir con lo siguiente:

    1. Declaración de namespaces. Se verificará la correcta definición de namespaces, haciendo la referencia a la ruta publicada por el SAT en donde se encuentra el esquema de XSD.

    2. Validación de datos requeridos. Se validarán los campos obligatorios de los esquemas de Códigos de Seguridad que cumplan con el esquema de datos definido.

    3. Validaciones adicionales. Se validarán reglas de negocio aplicables.

    4. Validación de flujos. Se validará el cumplimiento del paso por cada componente que integre el servicio de punta a punta.


III. De los servicios de Códigos de Seguridad:


    A. Estándar de solicitud de Códigos de Seguridad

    3/A Documentos.

    B. Estándar de Consulta del Estado de la Solicitud de Códigos de Seguridad.

    3/B Documentos.

    C. Estándar de Recepción de Información de Producción.

    3/C Documentos.

    D. Estándar de Descarga de Archivos con Códigos de Seguridad.

    3/D Documentos.

    E. Generación de la Firma y Sello para la Solicitud y Descarga de Códigos de Seguridad.

    3/E Documentos.

    F. Estándar de Consulta para Códigos Retroalimentados.

    3/F Documentos.

    G. Estándar de Disponibilidad de Servicio Activo.

    3/G Documentos.

IV. De las Respuestas y Acuses de los servicios web


    A. Acuse de Recibo de la solicitud de códigos de seguridad.

    4/A Documentos.

    B. Respuesta de la Consulta del Estado de la Solicitud.

    4/B Documentos.

    C. Acuse de Recibo de la Información de Producción.

    4/C Documentos.

    D. Respuesta a la Solicitud de Descarga de Archivos con Códigos de Seguridad.

    4/D Documentos.

    E. Acuse de Consulta para Códigos Retroalimentados.

    4/E Documentos.

    F. Acuse de Disponibilidad de Servicio Activo.

    4/F Documentos.

Atentamente,
Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2022.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.