Consiste en ingresar de forma temporal al resto del territorio nacional un vehículo que fue importado definitivamente a la región o franja fronteriza norte del país.
Los residentes (personas físicas o morales) en la franja o región fronteriza norte del país que sean propietarios de vehículos usados importados definitivamente a dicha franja o región fronteriza norte.
En los Módulos de Control de Importación e Internación Temporal de Vehículos (CIITEV) operados por BANJERCITO, ubicados en las aduanas fronterizas norte del territorio nacional.
Cubrir a favor de BANJERCITO la cantidad de $ 400.00 (cuatrocientos pesoso en moneda nacional), la cual podrá pagar en efectivo o a través de caro a una tarjeta de crédito o débito.
El plazo máximo de internación por vehículo al resto del territorio nacional será hasta de ciento ochenta (180) días naturales improrrogables de estancia efectiva en el resto del país, con entradas y salidas múltiples, dentro de un período de doce (12) meses, contando a partir de la primera internación temporal.
Los vehículos internados temporalmente no podrán prestar el servicio de autotransporte de carga, pasajeros o turismo y deberán ser conducidos en el territorio nacional por el propietario, su cónyuge, sus hijos, padres o hermanos, o por cualquier persona, siempre que en este último caso el importador se encuentre en el vehí cuando el propietario de vehículo sea una persona moral, deberá ser conducido por una persona que tenga relación laboral con el propietario.
El vehículo internado temporalmente por ningún motivo puede prestar servicio de autotransporte de carga, pasajeros o turismo.
Para acreditar la legal internación del vehículo en el resto del territorio nacional, la persona que interno el vehículo debera llevar en todo momento :
Los datos contenidos en dichos documentos, deberán coincidir con las características del vehículo, tales como :
Es obligacion del interesado presentarse ante cualquiera de los módulos CIITEV operados por BANJERCITO ubicados en las aduanas fronterizas norte del territorio nacional, con los siguientes requisitos :
Posteriormente el personal de BANJERCITO registrará la entrada o salida múltiple (retorno parcial) del vehículo internado temporalmente, o el retorno definitivo (cancelación de permiso), según proceda.
En caso de que el interesado no presente el original del permiso de internación temporal y/o el holograma original, y el permiso de internación temporal se encuentre vigente, el interesado deberá presentar un escrito bajo protesta de decir verdad manifieste la causa (ejemplo: robo, pérdida o destrucción del permiso de internación temporal y/o holograma original) por el cual, no presente el (los) mismo(s), a efecto de que procesa el registro de la entrada o salida múltiple o el retorno definitivo. Dicho escrito bajo rotesta (anexo 1) deberá ser firmado por la persona que internó el vehículo o por cualquiera de las personas autorizadas para conducir el(los) vehículo(s).
Consiste en la entrada de vehículos extranjeros de uso particular para permanecer en territorio nacional por un tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado.
Los extranjeros deberán acreditar mediante el documento oficial que emita el Instituto Nacional de Migración las siguientes condiciones de estancia autorizadas, para el otorgamiento del permiso de importación temporal de vehículos respectivo.
Condición de estancia migratoria | Vigencia |
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Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. | Hasta por 180 días |
Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas. | Hasta por 180 días |
Visitante Regional. | Hasta por 5 años |
Visitante Temporal. | Hasta por 4 años |
Residente Temporal Estudiante. | Por el tiempo que duren sus estudios |
FMM para canje por visa de residente Temporal / Residente Temporal Estudiante | 30 días |
Trabajador Fronterizo. | 1 año |
En caso de los visitantes guatemaltecos (visitante regional) qie ingresen al país con el documento migratorio de visitante FMVL, el permiso de importación temporal tendrá una vigencia de cinco (5) años o el tiempo que reste de la vigencia de la FMVL, efectuando entradas y salidas múltipes dutante ese tiempo.
El trámite y el pago para obtener el permiso de importación temporal de vehículo, así como el depósito en garantía deberán realizarse en las formas de pago previstas, dependiendo del lugar donde se adquiera dicho permiso, siendo en :
LUGAR | COSTO DEL PERMISO El equivalente en moneda nacional | CUANDO | FORMA DE PAGO |
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Módulos CIITEV ubicados en las acuanas de entrada a territorio nacional | $ 51 dólares más IVA | Al ingresar al país | En efectivo o con tarjeta de crédito o débito internacional, a nombre del importador |
Consulados Mexicanos en los Estados Unidos de America, ubicados en Chicago, Illinois; en Austin, Dallas y Houston Texas; en Los Angeles, San Bernardino y Sacramento, California; en Albuquerque, Nuevo Mexico; en Denver, Colorado y en Pheonix, Arizona. | $ 51 dólares más IVA | Hasta con seis meses de antelación a la fecha de ingreso del vehículo a territorio nacional | Tarjeta de crédito o débito internacional, a nombre del importador |
Vía INTERNET, a través de la página electrónica www.banjercito.com.mx | $ 45 dólares más IVA | En un plazo de entre 10 y 60 días antes de la fecha de ingreso del vehículo a territorio nacional | Tarjeta de crédito internacional, a nombre del importador |
Los importadores deben garantizar el crédito fiscal que pudiera ocasionarse por omitir el retorno del vehículo dentro del plazo autorizado, sin perjuicio de las sanciones aplicables por la comisión de las demás infracciones previstas en las leyes aplicables, mediante un depósito, por la cantidad equivalente en moneda nacional, que corresponda conforme a la siguiente tabla :
Año-modelo del vehículo | Importe del depósito en garantía equivalente en moneda nacional a |
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2007 y posteriores | $ 400 dólares |
2001 a 2006 | $ 300 dólares |
2000 y anteriores | $ 200 dólares |
Mexicanos residentes en el extranjero :
El plazo autorizado para retornar los vehiculos que hubieran sido importados temporalmente por mexicanos residentes en el extranjero, será de ciento ochenta (180) días naturales de estancia efectiva en el país, computables a partir de la fecha de inicio de la vigencia del permiso y utilizables en un periodo de doce (12) meses, considerando entradas y salidas múltiples, amparando en todo momento por la garantía existente.
Extranjeros :
El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por extranjeros, será el de la vigencia de su condición de estancia y sus renovaciones, otorgadas por la autoridad migratoria.
Los mexicanos mayores de edad residentes permanentes en el extranjero, así como aquellos que se encuentren laborando en el extranjero por un (1) año o más, siempre que lo acredinten a través de cualquiera de los siguientes documentos presentando copia simple legible y original para su cotejo :
Tipo | Descripción de la VISA | Descripción | Vigencia |
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A1 | Ambassador, Diplomat, or Conoff and immed family | Embajador, Diplomatico, Oficial de Bobierno y familiares directos. | 180 días |
A2 | Other foreign gpv. official and immed family | Otras Oficialias de Gobierno Extranjero y Familiares Directos | 180 días |
A3 | Personal Employee of A1/A2 and immed family | Empleados del Personal de A1/A2 y familiares directos | 180 días |
E1 | Treart Trader, Spouse and Children | Inversionistas que viven en E.U./ con familiares | 180 días |
E2 | Treart Investor, Spouse and Children | ||
F1 | Student ( Academc or language ) | Estudiante en E.U. | Hasta por 60 días |
G1 | Perm Representative to Intl Org. and immed family | Representantes de Organismos Internacionales con familiares | 180 días |
G2 | Temp Representativ to Intl Org. abd immed family | ||
G3 | Rep. Nonrec/Member Govt to Intl Org. & immed family | ||
G4 | Employes or Intl Org, and Immediatle Family | ||
G5 | Personal Employee of G1/G2/G3/G4 and immed family | ||
H1B | Temp worker Distinguished Merit (Other than Nurse) | Visa de Trabajno que puede ser hasta por 4 años | 180 días |
H1B1 | Free Trade Agreement Nonimmigrant Professionals | ||
H1C | Shortage Area Nurse | ||
H2A | Temporary Agricultural Worker | Trabajadores del Campo | 180 días |
H2B | Nonagricultural Temporary Worker | ||
H2R | Returning Workers | ||
J1 | Exchange visitor | Intercambio/Maestrías | Hasta 60 días |
L1 | Intra-Company Transferee(Exec.Mgr) | Trabajador hasta 4 años | 180 días |
L2 | The dependent spouse and minor, unmrried children of qualifed L1 Visa Holders | El cónyuge y los hijos menores y solteros de los titulares de una visa L1 | 180 días |
M1 | Vocational/Tecnical Student | Estudiante | Hasta 60 días |
P1 | Entertainers, circus artist and athletes | Mexicanos altetas individuales, miembros de un equipo o de un grupo de variedades internacionalmente reconcido | 180 días |
R1 | Alien in Religious Occupation | Trabajar en Asociación | 180 días |
TD | NAFTA Derivated (Spouse/child of TN) | Profesionistas/Titulados compañia 4 años | 180 días |
TN | NAFTA Professional | ||
V1 | Spouse of LPR-Life Act Visa | Mexicanos en proceso de Inmigrar se dan en Cd. Juárez | 180 días |
V2 | Child of LPR-Child Principal - Life Act. | ||
V3 | Derivative child of V1 or V2 |
Los extranjeros mayores de edad con condición de estancia de visitanes, residentes temporales y residentes temporales estudiantes, deberán identificarse con cualquiera de los siguientes documentos presentando copia simple legible y originalk para su cotejo :
El interesado deberá acreditar la propiedad o legal posisión del vehículo que se pretende importar temporalmente, debiendo presentar para tal efecto cualquiera de los siguientes documentos en copia simple legible y original para su cotejo :
Cuando el documento presentado por el importador con el que se acredite la porpiedad o legal posesión del vehículo se encuentre a nombre del cónyuge o concubino, sus hijos, padres o hermanos, todos ellos debiendo ser mayores de edad y residentes en el extranjero, el interesado podrá efectuar el trámite correspondiente a través de la presentación de los siguientes documentos en coipa simple lgible y original para su cotejo :
Una vez cumplidos los requisitos antes referidos, el personal de BANJERCITO proporcionará al interesado el permiso de importación temporal de vehículos con el holograma respectivo, siempre y cuando no se encuentre en los supuestos de restricciones que enseguida se mencionan.
En ningun caso y por ningún motivo, el usuario puede modificar los datos asentados en el permiso, ya que cualquier alteración invalidaría el mismo, en caso de que el interesado pretenda agregar, modificar o eliminar del permiso cualquier dato o información registrado en el mismo, debe de solicitar su cancelación y obtener un nuevo permiso.
Condiciones | Observaciones |
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Sólo partes (Parts only) | |
Partes ensambladas (Assambled parts) | |
Pérdida total (Total loss) | Excepto cuando se trate de vehículos cuyo titulo de propiedad sea del tipo "Salvage", así como los que ostenten adicionalmente las leyendas "limpio" (clean); "reconstruido" (rebuilt/reconstructed); o "corregido" (corrected). |
Desmantelamiento (Dismantlers) | |
Destricción (Destruction) | |
No reparable (Non repairable) | |
No reconstruible (Non rebuildable) | |
No legal para calle (Non street legal) | |
Inundación (Flood) | Excepto cuando se trate de vehículos cuyo titulo de propiedad sea del tipo "Salvage", así como los que ostenten adicionalmente las leyendas "limpio" (clean); "reconstruido" (rebuilt/reconstructed); o "corregido" (corrected). |
Desecho (Junk) | |
Aplastado (Crush) | |
Chatarra (Scrap) | |
Embargado (Seizure / Forfeiture) | |
Uso esclusivo fuera de autopistas (Off-highway use only) | |
Daño por inundación / Agua (Water damage) | |
No elegible para uso en vías de tránsito (Not eligible for road use) | |
Recuperado (Salvage), cuando se trate de los siguientes tipos : - DLR SALVAGE - SALVAGE-PARTS ONLY - LEMON SALVAGTE - SALVAGE LETTER-PARTS ONLY - FLOAD SALVAGE - SALVAGE CERT-LEMON LAW BUYBACK - SALVAGE CERTIFICATE-NO VIN - SALVAGE TITLE W/ NO PUBLIC VIN - DLR/SALVAGE TITLE REBUILDABLE - SALVAGE THEFT - SALVAGE TITLE-MANUFACTURE BUYBACK - COURT ORDER SALVAGE BOS - SALVAGE / FIRE DAMAGE - SALVAGE WITH REPLACEMENT VIN - BONDED SALVAGE - WATERCREAFT SALVAGE - SALVAGE KATRINA - SALVAGE TITLE WITH ALTERED VIN - SALVAGE WITH REASSIGNMENT - SALVAGE NON REMOVABLE |
Excepto cuando se trate de vehículos cuyo titulo de propiedad sea del tipo "Salvage", así como los que ostenten adicionalmente las leyendas "limpio" (clean); "reconstruido" (rebuilt/reconstructed); o "corregido" (corrected). |
Rodabo (Stolen) | Sólo cuando el titulo indique que fue recuperado (recovered), y este último estado permanezca vigente. |
Daño en el marco (Fream Damage) | |
Daño por incendio (Fire Damage) | |
Reciclado (Recycled) | |
Vehículo de prueba de choque (Crash test vehicle) |
Conjuntamente con la importacóon temporal del vehículo se podrá importar una embarcación de hasta cuatro y medio (4.50) metros de eslora incluyendo el remolque para su transporte, carros de recreo, motociletas, trimotos, cuadrimotos o motos acuáticas, que no hayan sido concebidas, destinadas o fabricadas para circular por las vís generales de comunicación, sean federales, estatales o municipales, ppor un máximo de tres (3) unidades, para lo cual se deberá acreditar la propiedad de las unidades transportadas y registradas en el mismo permiso de importación temporal del vehículo.
Tratándose de motocicletas o trimotos que ingresen al país por su prpio impulso, que cuenten con placas extranjeras para circular por las vías generales de comunicación, deberán de solicitar un permiso de importación temporal y cumplir con los mismo requisitos señalados en este documento, si aplicar lo señalado en el párrafo anterior.
Para registrar y obtener el comprobante del retorno parcial o definitivo del vehículo, el interesado deberá presentar ante el personal de BANJERCITO que opera los Módulos CIITEV ubicados en las aduanas de salida del territorio nacional.
En caso de que el importador no presente el original del permiso de importacion temporal y/o el holograma original y dicho permiso se encuentre vigente, el interesado deberá presentar un escrito bajo protesta de decir verdad manifieste la causa (ejemplo: robo pérdida o destrucción del permiso y/o holograma original) por la cual no presneta los mismos, a fecto de que proceda el registro de la entrada o salida múltiple o el retorno definitivo. Dicho escrito bajo protesta debe ser firmado por el importador o por cualquiera de las personas autorizadas para condicur los vehículos.
BANJERCITO devolverá el depósito en garantía en la misma forma en que el interesado la constituyó, siempre que se haya registrado ante cualquiera de los módulos CIITEV ubicados en las aduanas de salida del territorio nacional, el retorno definitivo del vehículo antes del plazo autorizado para su importación temporal del vehículo (fecha máxima de retorno), la cual se encuentra referida en la parte superior derecha del permiso denominada "FECHA DE VENCIMINETO".