Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


4. REGÍMENES ADUANEROS.
CAPÍTULO 4.5. DEPÓSITO FISCAL.
Autorización de depósito fiscal para la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte

4.5.30 / RGCE

Para los efectos de los artículos 121, fracción IV de la Ley y 182 del Reglamento, las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, interesadas en obtener autorización o prórroga de la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para someter mercancías al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, adicionar plantas o avisar respecto de la adición de bodegas, almacenes y terrenos, deberán presentar su trámite, de conformidad con la ficha de trámite 113/LA “Autorización y prórroga para el establecimiento de depósito fiscal para someter mercancías al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, adicionar plantas o avisar respecto de la adición de bodegas, almacenes y terrenos”, contenida en el Anexo 2.
Ley 121, Reglamento 182, 183, RGCE 1.2.2., Anexo 2

Correlación para Regla 4.5.30 / RGCE