Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
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Inscripción al procedimiento de revisión en origen | 144 / RLA |
TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS | |
CAPÍTULO II
CERTIFICACIONES | |
SECCION PRIMERA REVISIÓN EN ORIGEN | |
Artíulo 144.- Para efectos del artículo 100, fracción II de la Ley, las empresas que hayan realizado importaciones con un valor superior a $154,928,940.00* en el ejercicio inmediato anterior a aquél en que soliciten su inscripción en el registro del despacho de Mercancías de las empresas, presentarán su solicitud ante la Autoridad Aduanera debiendo cumplir con lo siguiente: ( Reformado el 01/01/2022 ) | |
I. Realizar el pago del derecho que corresponda conforme a la Ley Federal de Derechos; | |
II. Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de lo previsto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y | |
III. Lo demás que establezca el SAT mediante Reglas. | |
El SAT podrá establecer montos diferentes al señalado en el párrafo anterior, considerando el tipo de actividad que realizan las empresas o en función del tipo de Mercancía que se importe. | |
Correlación para el Artículo 144 / RLA | |