RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA | |
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CAPÍTULO 3.3. DE LAS DEDUCCIONES | |
SECCIÓN 3.3.1. DE LAS DEDUCCIONES EN GENERAL | |
Procedimiento para cuantificar la proporción de los ingresos exentos respecto del total de las remuneraciones | 3.3.1.29 / RMF |
Para los efectos del artículo 28, fracción XXX de la Ley del ISR, para determinar si en el ejercicio disminuyeron las prestaciones otorgadas a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior, se estará a lo siguiente: | |
I. Se obtendrá el cociente que resulte de dividir el total de las prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio, entre el total de las remuneraciones y prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores en el ejercicio. | |
II. Se obtendrá el cociente que resulte de dividir el total de las prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio inmediato anterior, entre el total de las remuneraciones y prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio inmediato anterior. | |
III. Cuando el cociente determinado conforme a la fracción I de esta regla sea menor que el cociente que resulte conforme a la fracción II, se entenderá que hubo una disminución de las prestaciones otorgadas por el contribuyente a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos del ISR para dichos trabajadores y por las cuales no podrá deducirse el 53% de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador. | |
Para determinar el cociente señalado en las fracciones I y II de esta regla, se considerarán, entre otros, las siguientes erogaciones: | |
I. Sueldos y salarios. | |
II. Rayas y jornales. | |
III. Gratificaciones y aguinaldo. | |
IV. Indemnizaciones. | |
V. Prima de vacaciones. | |
VI. Prima dominical. | |
VII. Premios por puntualidad o asistencia. | |
VIII. Participación de los trabajadores en las utilidades. | |
IX. Seguro de vida. | |
X. Reembolso de gastos médicos, dentales y hospitalarios. | |
XI. Previsión social. | |
XII. Seguro de gastos médicos. | |
XIII. Fondo y cajas de ahorro. | |
XIV. Vales para despensa, restaurante, gasolina y para ropa. | |
XV. Ayuda de transporte. | |
XVI. Cuotas sindicales pagadas por el patrón. | |
XVII. Fondo de pensiones, aportaciones del patrón. | |
XVIII. Prima de antigüedad (aportaciones). | |
XIX. Gastos por fiesta de fin de año y otros. | |
XX. Subsidios por incapacidad. | |
XXI. Becas para trabajadores y/o sus hijos. | |
XXII. Ayuda de renta, artículos escolares y dotación de anteojos. | |
XXIII. Ayuda a los trabajadores para gastos de funeral. | |
XXIV. Intereses subsidiados en créditos al personal. | |
XXV. Horas extras. | |
XXVI. Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro. | |
XXVII. Contribuciones a cargo del trabajador pagadas por el patrón. | |
LISR 28 | |
Correlación para Regla 3.3.1.29 / RMF | |