REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.
1. DISPOSICIONES GENERALES Y ACTOS PREVIOS AL DESPACHO. | |
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CAPÍTULO 1.12. AGENCIA ADUANAL. | |
Designación de aspirante de agente aduanal, en agencia aduanal en trámite | 1.12.5 / RGCE |
Para los efectos de los artículos 167-D y 167-E de la Ley, primero, cuarto y quinto transitorios del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera”, publicado en el DOF el 25 de junio de 2018, cuando un agente aduanal que haya presentado la solicitud de autorización a que se refieren las reglas 1.12.1. y 1.12.2., respectivamente, cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, fallezca o se retire por incapacidad, sin que la DGJA haya notificado la resolución correspondiente en términos de la regla 1.12.1., tercer párrafo, se estará a lo siguiente: | |
I. Los agentes aduanales interesados que formen parte de la sociedad civil o agencia aduanal autorizada, podrán concluir el trámite respectivo, siempre que se confirmen y ratifiquen su interés, cumpliendo con la ficha de trámite 17/LA “Autorización para concluir el trámite para obtener la autorización para operar como agencia aduanal”, contenida en el Anexo 2. | |
En caso de no realizar la confirmación y ratificación antes señalada, se tendrá por no presentada la solicitud de autorización para operar como agencia aduanal. | |
II. Una vez que se cumpla con lo anterior y, en su caso, habiendo obtenido el oficio en el que se otorga la autorización para operar como agencia aduanal, de conformidad con el artículo 167-K de la Ley, podrá designarse de entre sus mandatarios activos o socios directivos, a dos de ellos para que participen en el concurso para obtener la patente del agente aduanal que falleció o se retiró, cumpliendo con la regla 1.12.13. | |
En caso de no someter a concurso la patente del agente aduanal fallecido o retirado, en términos de la presente regla, la misma se dará de baja. | |
Ley 167-D, 167-E, 167-K, Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, publicado en el DOF el 25 de junio de 2018 transitorios primero, cuarto, quinto, RGCE 1.2.2., 1.12.1., 1.12.2., 1.12.13., Anexo 2, RGCE para 2019 1.4.13., 1.4.14. | |
Correlación para Regla 1.12.5 / RGCE | |