Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
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Aviso de bodegas, sucursales o nuevas instalaciones; aviso de rutas y tiempos en que los bienes arribarán al almacén | 178 / RLA |
TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS | |
CAPÍTULO V
DEPÓSITO FISCAL | |
SECCIÓN PRIMERA
ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO | |
Artíulo 178.- Cuando los almacenes generales de depósito, para efectos del artículo anterior, cuenten con bodegas, sucursales o nuevas instalaciones, deberán señalar los domicilios de dichos lugares ante el registro federal de contribuyentes. Tratándose del traslado de Mercancías sujetas al régimen de depósito fiscal, de la aduana de despacho al almacén general de depósito, además del Pedimento y las formalidades establecidas en la Ley, los interesados y la empresa transportista deberán proporcionar a las Autoridades Aduaneras información de control relacionada con las rutas y tiempos en que los bienes arribarán al almacén una vez efectuado su despacho ante la aduana. | |
Correlación para el Artículo 178 / RLA | |