Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
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Elementos que se deben de proporcionar anexo a la manifestación de valor | 81 / RLA |
TÍTULO TERCERO
CONTRIBUCIONES, CUOTAS COMPENSATORIAS Y DEMÁS REGULACIONES Y RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS AL COMERCIO EXTERIOR | |
CAPÍTULO I
CONTRIBUYENTES, RESPONSABLRS Y PARONES | |
SECCIÓN CONTRIBUYENTES Y OTROS RESPONSABLES | |
Artíulo 81.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 59, fracción III, primer párrafo de la Ley, los elementos que el importador deberá proporcionar anexo a la manifestación de valor son los siguientes documentos: | |
I. Factura comercial; | |
II. El conocimiento de embarque, lista de empaque, guía aérea o demás documentos de transporte; | |
III. El que compruebe el origen cuando corresponda, y de la procedencia de las Mercancías; | |
IV. En el que conste la garantía a que se refiere el inciso e), fracción I del artículo 36-A de la Ley; | |
V. En el que conste el pago de las Mercancías, tales como la transferencia electrónica del pago o carta de crédito; | |
VI. El relativo a los gastos de transporte, seguros y gastos conexos que correspondan a la operación de que se trate; | |
VII. Contratos relacionados con la transacción de la Mercancía objeto de la operación; | |
VIII. Los que soporten los conceptos incrementables a que se refiere el artículo 65 de la Ley, y | |
IX. Cualquier otra información y documentación necesaria para la determinación de valor en aduana de la Mercancía de que se trate. | |
Correlación para el Artículo 81 / RLA | |