Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
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Plazo a partir de la expedición de la carta cupo | 181 / RLA |
TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS | |
CAPÍTULO V
DEPÓSITO FISCAL | |
SECCIÓN SEGUNDA
EXPOSICIÓN Y VENTA DE MERCANCÍAS EXTRANJERAS Y NACIONALES | |
Artíulo 181.- Para efectos del artículo 119, séptimo párrafo de la Ley, el plazo de veinte días naturales se computará a partir de la fecha en que se transmita el aviso de conclusión del despacho aduanero. | |
Correlación para el Artículo 181 / RLA | |