Leyes y Reglamentos

Reglamento de Ley Aduanera

Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021

Fecha Publicación : 24/12/2021

Vigente Apartir Del : 01/01/2022

Reglamento de Ley Aduanera

Procesos de transformación, elaboración o reparación realizados por personas distintas a la empresa IMMEX

169 / RLA

TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS
CAPÍTULO IV
TEMPORALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
SECCIÓN SEGUNDA
PARA TRANSFORMACIÓN, ELABORACIÓN O REPARACIÓN
Artíulo 169.- Los procesos de transformación, elaboración o reparación de las Mercancías importadas temporalmente a que se refiere el último párrafo del artículo 112 de la Ley, podrán realizarse por persona distinta a la empresa con programa de manufactura, maquila y de servicios de exportación autorizado por la Secretaría de Economía, siempre que se presente aviso al SAT, en Documento Electrónico o Digital, en el que se señale y se acompañe la documentación siguiente:
I. La denominación o razón social, registro federal de contribuyentes y número del programa de la empresa que transfiere, así como el domicilio de la planta o bodega de origen donde se encuentran las Mercancías a transferir;
II. El nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del registro federal de contribuyentes de la persona física o moral que realizará el proceso industrial, y el lugar en que éste se efectuará;
III. Compromiso del tercero de realizar o continuar el proceso industrial y su aceptación de asumir la responsabilidad solidaria respecto de todas las obligaciones a cargo del beneficiario del régimen;
IV. Copia del oficio de autorización que al efecto expida la Secretaría de Economía, para efectuar los procesos señalados, y
V. La demás que determine el SAT mediante Reglas.

Correlación para el Artículo 169 / RLA