Leyes y Reglamentos

Reglamento de Ley Aduanera

Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021

Fecha Publicación : 24/12/2021

Vigente Apartir Del : 01/01/2022

Reglamento de Ley Aduanera

Manifestación de valor

220 / RLA

TÍTULO SÉPTIMO
AGENTES ADUANALES Y REPRESENTANTES LEGALES
CAPÍTULO I
AGENTES ADUANALES
Artíulo 220.- Para efectos del artículo 162, fracción VII, segundo párrafo de la Ley, como parte de la manifestación de valor de las Mercancías, el agente aduanal deberá conservar los documentos a que se refiere el artículo 81 de este Reglamento.

Correlación para el Artículo 220 / RLA