RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.19. DE LA REVELACIÓN DE ESQUEMAS REPORTABLES | |
Descripción detallada del esquema reportable a que se refiere el artículo 199, primer párrafo, fracción IX del CFF | 2.19.17 / RMF |
Para los efectos de los artículos 199, fracción IX y cuarto párrafo, 200, fracción VI y 201, segundo párrafo del CFF, en las declaraciones informativas a que se refieren las reglas 2.19.1.,, 2.19.2. y 2.19.3.,, los asesores fiscales o los contribuyentes adjuntarán un documento en formato .pdf, con la siguiente información y documentación: | |
I. Tratándose tanto de esquemas reportables generalizados, como de personalizado: | |
a) Un diagrama que permita observar todas las operaciones (actos o hechos jurídicos) que forman parte del plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción y/o recomendación que integran el esquema reportable; el país o las jurisdicciones donde se ubican o ubicarán los sujetos involucrados en el esquema reportable, y bajo qué legislación se celebran o celebrarán las operaciones (actos o hechos jurídicos) que forman parte del esquema reportable. | |
b) Antecedentes y conclusiones que forman parte del contexto del esquema reportable, así como los argumentos jurídicos y las premisas de las cuales parte la interpretación jurídica. | |
c) Señalar detalladamente mediante qué operación u operaciones (actos o hechos jurídicos), en concreto, integran el esquema reportable y si involucran o involucrarán un mecanismo híbrido establecido de conformidad con el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR. | |
Para tales efectos, deberá señalar el motivo por el cual se genera el mecanismo híbrido, es decir, por qué la legislación fiscal nacional o extranjera caracterizan de forma distinta a una persona moral, figura jurídica, ingreso o al propietario de los activos o, a un pago. | |
d) Señalar si con motivo de la implementación del esquema reportable, los contribuyentes beneficiados o que prevén obtener el beneficio se auxilian o auxiliarán de personas físicas, entidades jurídicas o figuras jurídicas en el extranjero o en México para obtener un beneficio fiscal, involucrando un mecanismo híbrido establecido de conformidad con el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR. | |
e) Indicar en qué operaciones (actos o hechos jurídicos) del esquema reportable se involucran mecanismos híbridos definidos de conformidad con el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR. | |
f) Indicar la secuencia en la que se llevan o llevarán a cabo las operaciones (actos o hechos jurídicos) que conforman el esquema reportable. | |
g) Indicar si dentro del esquema reportable se celebró o se prevé celebrar un acuerdo estructurado. | |
II. Tratándose de esquemas reportables personalizados, además de lo establecido en la fracción anterior, se deberá revelar, cuando menos, la siguiente información y documentación: | |
a) Indicar la fecha exacta o fecha aproximada en que se llevaron o llevarán a cabo las operaciones (actos o hechos jurídicos) que integran el esquema reportable. Así como, en su caso, el valor consignado o estimado en dichas operaciones. | |
b) Si los contribuyentes beneficiados se auxilian o auxiliarán de personas físicas, entidades jurídicas o figuras jurídicas en el extranjero o en México, indicar el nombre de la persona física o el nombre, denominación o razón social de la entidad o la figura jurídica, así como su clave en el RFC o número de identificación fiscal; país o jurisdicción de constitución; país de residencia; su actividad o giro y su domicilio. Tratándose de figuras jurídicas, indicar el país o jurisdicción de creación y, en su caso, de registro. | |
c) En caso de que las personas que participan o participarán en el esquema reportable sean partes relacionadas deberán manifestar dicha situación. | |
d) Señalar la razón de negocios y los motivos por los que el contribuyente beneficiado o que prevé beneficiarse celebra o celebrará una operación (acto o hecho jurídico) que involucra un mecanismo híbrido establecido de conformidad con el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR. | |
e) En caso de que se haya empleado o se prevea emplear un acuerdo estructurado en el esquema reportable, señalar el nombre y país o países de residencia, clave en el RFC o número de identificación fiscal de las partes que intervienen o intervendrán en dicho acuerdo estructurado, país de constitución, así como el régimen fiscal de cada una de dichas partes en sus países de residencia. | |
f) Nombre, denominación o razón social, país de residencia, país de constitución, clave en el RFC o número de identificación fiscal, según corresponda, actividad o giro y domicilio de las entidades jurídicas o figuras jurídicas involucradas o que estarán involucradas en el mecanismo híbrido establecido de conformidad con el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR. | |
g) Señalar si derivado de la realización de una operación (acto o hecho jurídico) que involucra un mecanismo híbrido o acuerdo estructurado, los ingresos que se obtienen u obtendrán, se consideran sujetos a un régimen fiscal preferente. En caso afirmativo, indicar el concepto por el que se realizan o realizarán los pagos sujetos a un régimen fiscal preferente; el monto de dichos pagos y si los pagos están gravados de forma indirecta con motivo de la aplicación del artículo 4-B o del Título VI, Capítulo I de la Ley del ISR, o disposiciones similares contenidas en la legislación fiscal extranjera. | |
h) Indicar el monto deducible en México, respecto de los pagos efectuados o, en su caso, si la deducción está o estará limitada por lo referido en el artículo 28, fracción XXIII de la Ley del ISR. | |
i) En su caso, indicar los porcentajes de deducción en el extranjero, así como las cantidades que se deducen o deducirán en el extranjero, respecto de los activos mantenidos y pagos efectuados en el extranjero. | |
j) Indicar la tasa efectiva del ISR que se causa o causará y que paga o pagará el sujeto que recibe el pago efectuado al extranjero. | |
En caso de que el asesor fiscal o el contribuyente no cuenten con la información y documentación señalada en las fracciones anteriores, deberán manifestarlo bajo protesta de decir verdad, exponiendo los motivos y razones de ello. | |
CFF 199, 200, 201, LISR 4-B, 28, 176, RMF 2.19.1., 2.19.2., 2.19.3. | |
Correlación para Regla 2.19.17 / RMF | |