RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.18. DE LOS ÓRGANOS CERTIFICADORES | |
Verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de los órganos certificadores | 2.18.9 / RMF |
Para los efectos del artículo 32-I del CFF, el SAT, a través de cualquiera de las unidades administrativas que lo integran, podrá realizar la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones establecidas para los órganos certificadores, a efecto de que continúen autorizados, de conformidad con el siguiente procedimiento: | |
I. Iniciará a partir de que surta efectos la notificación de la orden de verificación que al efecto se emita. | |
II. Se levantará acta en la que se hará constar en forma circunstanciada los hechos u omisiones conocidos por los verificadores. | |
III. Cuando la unidad administrativa correspondiente, detecte que el órgano certificador ha dejado de cumplir con alguno de los requisitos y obligaciones establecidas en las disposiciones fiscales aplicables, notificará el oficio de requerimiento para solventar incumplimientos detectados, otorgándole un plazo de diez días, para que manifieste lo que a su derecho convenga y presente la documentación e información con la cual desvirtúe los incumplimientos señalados. | |
IV. La unidad administrativa que se encuentre a cargo de la citada verificación valorará la documentación e información presentada por el órgano certificador. | |
V. Se emitirá el oficio de opinión técnica final de la verificación con el cual se dé por finalizada dicha verificación. | |
En el caso que el resultado final sea que el órgano certificador autorizado no solventó o no comprobó el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la autorización, o bien, se observe que han dejado de cumplir con los requisitos con los que fue autorizado, se hará del conocimiento de la AGJ. | |
El procedimiento de verificación a que se refiere la presente regla no podrá exceder de seis meses contados a partir de que se levante el acta señalada en la fracción II. | |
CFF 32-I, RMF 2.18.5., 2.18.8. | |
Correlación para Regla 2.18.9 / RMF | |