Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

PRIMERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026.

Fecha Publicación : 09/07/2026

Vigente Apartir Del : 10/09/2026

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.14. DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES
Reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF que deriven de la aplicación de pérdidas fiscales indebidas

2.14.11 / RMF

Para los efectos de la regla 2.14.5.,, fracción IV, el porcentaje de reducción será del 90% sobre el importe de la multa, siempre y cuando los contribuyentes paguen la totalidad de las contribuciones omitidas, actualización, accesorios y la parte de la multa no reducida dentro del plazo de quince días, ya sea a través de las declaraciones complementarias o por el FCF (línea de captura), según corresponda al tipo de adeudo. ( Reformado el 10/09/2026 )
Se notificará al contribuyente o a su representante legal a efecto de hacer de su conocimiento la resolución para que proceda al pago dentro de los plazos señalados.
Cuando los contribuyentes manifiesten su intención de cubrir en parcialidades o en forma diferida las contribuciones y sus accesorios a su cargo, conforme a los artículos 66 y 66-A del CFF, el porcentaje de reducción será del 50%.
CFF 50, 66, 66-A, 74, RMF 2.14.5., 2.14.8.

Correlación para Regla 2.14.11 / RMF