Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


12. DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DIGITALES
CAPÍTULO 12.2. DE LOS SERVICIOS DIGITALES DE INTERMEDIACIÓN ENTRE TERCEROS
Inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que presten servicios digitales de intermediación entre terceros con el carácter de retenedores del ISR e IVA

12.2.1 / RMF

Para los efectos de los artículos 27, apartado D, fracción VIII del CFF, 113-C, primer párrafo, fracción I de la Ley del ISR, 1o.-A BIS y 18-J, fracción II, Inciso d) de la Ley del IVA, los sujetos a que se refieren las citadas disposiciones que presten servicios digitales de intermediación entre terceros, deberán solicitar su inscripción en el RFC con el carácter de retenedor, de acuerdo a lo establecido en la ficha de trámite 3/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que presten servicios digitales de intermediación”, contenida en el Anexo 1-A, cuando realicen la inscripción a que se refiere la regla 12.1.1.
CFF 27, LISR 113-C, LIVA 1o.-A BIS, 18-J, RMF 12.1.1.

Correlación para Regla 12.2.1 / RMF