Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2026.

Fecha Publicación : 28/12/2025

Vigente Apartir Del : 01/01/2026

Reglas de la Miscelánea Fiscal


3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPÍTULO 3.13. DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA
Plazo para generar o renovar la e. firma en el Régimen Simplificado de Confianza

3.13.33 / RMF

Para los efectos del artículo 113-G, fracción II de la Ley del ISR, las personas físicas que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con e.firma a más tardar dentro de los dos meses siguientes a aquel en que presenten su respectivo aviso en el RFC.
Para efectos del párrafo anterior, los contribuyentes obtendrán la e.firma cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidos en las fichas de trámite 14/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas físicas” y 15/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas”, contenidas en el Anexo 2.
LISR 113-E, 113-G, CFF 17-D, RMF 2.2.14.

Correlación para Regla 3.13.33 / RMF