Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC
Solicitud de inscripción y aviso de aumento de obligaciones del IVA

2.5.7 / RMF

Para los efectos del artículo 27 del CFF, los contribuyentes que estén obligados al pago del IVA por la prestación del servicio público de transporte terrestre de pasajeros, distinto al establecido en el artículo 15, fracción V de la Ley del IVA deberán manifestar en su solicitud de inscripción, o en caso de estar inscritos en el RFC, en su aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, la actividad económica de “Transporte terrestre foráneo de pasajeros”, dentro de los plazos establecidos en el artículo 29, penúltimo párrafo del Reglamento del CFF.
CFF 27, LIVA 15, RCFF 29, 30

Correlación para Regla 2.5.7 / RMF