RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC | |
Contribuyentes relevados de presentar el aviso de aumento y/o disminución de actividades, por incumplir con lo señalado en el artículo 74-B de la Ley del ISR | 2.5.19 / RMF |
Para los efectos de los artículos 27 apartados A, fracción II; B, fracción II y C, fracción V y 63 del CFF, 29, fracción VII y 30, fracción V, incisos c) y d) del Reglamento del CFF, así como el artículo 74-B de la Ley del ISR, la autoridad fiscal realizará el aumento de obligaciones a partir del ejercicio siguiente al Régimen correspondiente sin necesidad de que el contribuyente presente el aviso respectivo, cuando los contribuyentes dejen de cumplir con lo establecido en el artículo 74-B de la Ley del ISR, derivado de la información proporcionada por el propio contribuyente, terceros relacionados o bien, obtenida por la autoridad por cualquier otro medio. | |
El contribuyente podrá formular las aclaraciones correspondientes aportando las pruebas necesarias que desvirtúen la actualización de sus datos en el RFC realizada por la autoridad, en los términos de la regla 2.5.8. | |
CFF 27, 63, LISR 74-B, RCFF 29, 30, RMF 2.5.8. | |
Correlación para Regla 2.5.19 / RMF | |