Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC
Opción para que las personas morales de derecho agrario tributen conforme a flujo de efectivo y reduzcan el ISR en un 30%

2.5.18 / RMF

Para los efectos de lo establecido en el artículo 74-B de la Ley del ISR, las personas morales que para el ejercicio 2025 opten por aplicar lo establecido en el citado precepto, deberán ingresar un caso de aclaración a través del Portal del SAT, a más tardar el 31 de enero del 2025, de conformidad con la ficha de trámite 144/ISR “Aviso para ejercer la opción a que se refiere el artículo 74-B de la Ley del ISR”, contenida en el Anexo 1-A.
Los contribuyentes de reciente creación, así como los que reanuden actividades, podrán optar por ejercer lo señalado en el artículo 74-B de la Ley del ISR, presentando el caso de aclaración a que se refiere el párrafo anterior, a más tardar dentro del mes siguiente a su inscripción o reanudación de actividades en el padrón del RFC.
LISR 74-B

Correlación para Regla 2.5.18 / RMF