RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC | |
Opción para que las personas morales de derecho agrario tributen conforme a flujo de efectivo y reduzcan el ISR en un 30% | 2.5.18 / RMF |
Para los efectos de lo establecido en el artículo 74-B de la Ley del ISR, las personas morales que para el ejercicio 2025 opten por aplicar lo establecido en el citado precepto, deberán ingresar un caso de aclaración a través del Portal del SAT, a más tardar el 31 de enero del 2025, de conformidad con la ficha de trámite 144/ISR “Aviso para ejercer la opción a que se refiere el artículo 74-B de la Ley del ISR”, contenida en el Anexo 1-A. | |
Los contribuyentes de reciente creación, así como los que reanuden actividades, podrán optar por ejercer lo señalado en el artículo 74-B de la Ley del ISR, presentando el caso de aclaración a que se refiere el párrafo anterior, a más tardar dentro del mes siguiente a su inscripción o reanudación de actividades en el padrón del RFC. | |
LISR 74-B | |
Correlación para Regla 2.5.18 / RMF | |