Reglas de la Miscelánea Fiscal

Resolución Miscelánea Fiscal

RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas de la Miscelánea Fiscal


2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
CAPÍTULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC
Presentación de avisos en el RFC

2.5.13 / RMF

Para los efectos del artículo 29 del Reglamento del CFF, los avisos en el RFC se presentarán en los términos que establezcan las siguientes fichas de trámite contenidas en el Anexo 1-A:
I. El aviso de cambio de denominación o razón social, de conformidad con la ficha de trámite 76/CFF, “Aviso de cambio de denominación o razón social”.
II. El aviso de cambio de régimen de capital, de conformidad con la ficha de trámite 79/CFF, “Aviso de cambio de régimen de capital”.
III. El aviso de corrección o cambio de nombre y demás datos de identidad de conformidad con la ficha de trámite 78/CFF, “Aviso de corrección o cambio de nombre y demás datos de identidad”.
IV. El aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT, en la Oficina del SAT o en la Oficina Virtual, de conformidad con la ficha de trámite 77/CFF, “Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT, en la Oficina del SAT o en la Oficina virtual”.
V. El aviso de suspensión de actividades, de conformidad con la ficha de trámite 73/CFF, “Aviso de suspensión de actividades”.
VI. El aviso de reanudación de actividades, de conformidad con la ficha de trámite 74/CFF, “Aviso de reanudación de actividades”.
VII. El aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, de conformidad con la ficha de trámite 71/CFF, “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”.
VIII. El aviso de apertura de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades, de conformidad con la ficha de trámite 70/CFF, “Aviso de apertura de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades”.
IX. El aviso de cierre de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades, de conformidad con la ficha de trámite 72/CFF, “Aviso de cierre de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades”.
X. El aviso de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal, de conformidad con la ficha de trámite 85/CFF, “Aviso de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal”.
XI. El aviso de apertura de sucesión, de conformidad con la ficha de trámite 80/CFF, “Aviso de apertura de sucesión”.
XII. El aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión, de conformidad con la ficha de trámite 84/CFF, “Aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión”.
XIII. El aviso de cancelación en el RFC por defunción, de conformidad con la ficha de trámite 83/CFF, “Aviso de cancelación en el RFC por defunción”.
XIV. El aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo, de conformidad con la ficha de trámite 82/CFF, “Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo”.
XV. El aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones, de conformidad con la ficha de trámite 81/CFF, “Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones”.
XVI. El aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades, de conformidad con la ficha de trámite 86/CFF, “Aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades”.
XVII. El aviso de inicio de procedimiento de concurso mercantil, de conformidad con la ficha de trámite 87/CFF, “Aviso de inicio de procedimiento de concurso mercantil”.
XVIII. El aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados, de conformidad con la ficha de trámite 75/CFF, “Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados”.
El aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a que se refiere la fracción VII de la presente regla, no será aplicable a las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que deseen dejar de contar con dicha autorización, debiendo presentar la solicitud a que se refiere la regla 3.10.1.14.
El aviso de cambio de residencia fiscal, se presentará de conformidad con las fichas de trámite 71/CFF “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, 73/CFF “Aviso de suspensión de actividades”, 81/CFF “Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones”, 82/CFF “Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo” y 85/CFF “Aviso de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal”, según corresponda, contenidas en el Anexo 1-A.
RCFF 29, RMF 3.10.1.14.

Correlación para Regla 2.5.13 / RMF