RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2025, y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27.
2. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN | |
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CAPÍTULO 2.14. DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES | |
Solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF | 2.14.8 / RMF |
Para los efectos del artículo 74 del CFF, los contribuyentes que soliciten la reducción de multas, deberán presentar su solicitud conforme a lo establecido en la ficha de trámite 149/CFF “Solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF”, contenida en el Anexo 1-A. | |
Cuando la solicitud no cumpla con todos los requisitos señalados en la ficha de trámite, la autoridad fiscal requerirá al contribuyente para que en un plazo de diez días se presente la información y/o documentación faltante u otra que se considere necesaria, con el apercibimiento de que, en caso de no presentarla dentro de dicho plazo, se tendrá por no interpuesta su solicitud. | |
Lo anterior, no será impedimento para que el contribuyente presente una nueva solicitud cuando lo considere conveniente. | |
La presentación de la solicitud de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución en contra de los créditos fiscales, cuando así lo solicite el contribuyente y siempre que garantice el interés fiscal de la totalidad de los adeudos. | |
Tratándose de créditos fiscales cuya administración corresponda a las entidades federativas en términos de los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal, estas definirán la forma de presentación de las solicitudes de reducción de multas conforme al artículo 74 del CFF, garantizando en todo momento que los contribuyentes cumplan con los requisitos de la presente regla en relación con el artículo 74 del CFF. | |
CFF 18, 19, 74, 95, RMF 2.14.6. | |
Correlación para Regla 2.14.8 / RMF | |