Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


7. ESQUEMA INTEGRAL DE CERTIFICACIÓN.
CAPÍTULO 7.4. GARANTÍA DEL INTERÉS FISCAL EN EL REGISTRO EN EL ESQUEMA DE CERTIFICACIÓN DE EMPRESAS.
Renovación de la fianza o la ampliación de la vigencia de la carta de crédito

7.4.4 / RGCE

Para los efectos de los artículos 28-A, quinto párrafo de la Ley del IVA y 15-A, quinto párrafo de la Ley del IEPS, los contribuyentes que hubieran obtenido la aceptación para garantizar el interés fiscal establecido en las reglas 7.4.1. y 7.4.7., durante los primeros días diez siguientes a los doce meses en que haya obtenido la aceptación, deberán presentar a través de la Ventanilla Digital la renovación de la fianza o la ampliación de la vigencia de la carta de crédito, por un periodo de doce meses adicionales a la vigencia aceptada de conformidad con la ficha de trámite 63/LA “Solicitud para la aceptación, renovación, ampliación, aumento o cancelación de la garantía en materia de IVA e IEPS”, contenida en el Anexo 2, debiendo declarar, bajo protesta de decir verdad que cumple con los requisitos y obligaciones vigentes.
Para los efectos de emitir la aceptación de renovación o la ampliación de la vigencia de la garantía del interés fiscal, la AGACE estará a lo establecido en la regla 7.4.1., fracción II.
Cuando la renovación de la fianza o la ampliación de la vigencia de la carta de crédito no sea presentada en tiempo y forma y, no se cumpla con lo establecido en la presente regla, la misma se tendrá por no presentada y, en consecuencia, por no renovada la fianza o no ampliada la vigencia de la carta de crédito, según corresponda. En este caso, los contribuyentes deberán solicitar la cancelación de la garantía de conformidad con la regla 7.4.10., que no haya sido renovada o ampliada su vigencia, según corresponda. Una vez cancelada, los contribuyentes podrán presentar a través de la Ventanilla Digital, una nueva garantía en términos de las reglas 7.4.1. y 7.4.7.
Ley del IVA 28-A, Ley del IEPS 15-A, RGCE 1.2.1., 7.4.1., 7.4.2., 7.4.3., 7.4.7., 7.4.10., Anexos 1 y 2

Correlación para Regla 7.4.4 / RGCE