Reglas Comercio Exterior

Reglas Generales de Comercio Exterior

REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2025 y su Anexo 13.

Fecha Publicación : 30/12/2024

Vigente Apartir Del : 01/01/2025

Reglas Generales de Comercio Exterior


3. DESPACHO DE MERCANCÍAS.
CAPÍTULO 3.1. DISPOSICIONES GENERALES.
Impresión de resultado del mecanismo de selección automatizado

3.1.19 / RGCE

Para los efectos de los artículos 43 de la Ley y 64 del Reglamento, la autoridad imprimirá el resultado del mecanismo de selección automatizado, únicamente en los modelos M1.1. “Pedimento”, M1.5. “Forma Simplificada del Pedimento” o M1.6. “Formato de Aviso Consolidado”, contenidos en el Anexo 1.
Cuando no se presenten los documentos a que se refiere el párrafo anterior y se active el mecanismo de selección automatizado de manera electrónica o mediante el dispositivo tecnológico, se generará un resultado que se podrá consultar en el SEA. Tratándose de operaciones realizadas al amparo de las reglas 2.4.12. o 3.1.33., el resultado también se podrá consultar con la lectura del código de barras bidimensional QR (Quick Response Code) y en el Portal del SAT.
Ley 43, 46, Reglamento 64, RGCE 1.2.1., 2.4.12., 3.1.18., 3.1.33., Anexos 1 y 22

Correlación para Regla 3.1.19 / RGCE