Leyes y Reglamentos

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Fecha Publicación : 25/09/2014

Vigente Apartir Del : 26/09/2014

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

CAPITULO VI
DE LA EXPORTACIÓN DE BIENES O SERVICIOS
SECCIÓN III
Requisitos que deberan cumplir los contribuyentes que proporcionen los servicios de hotelería y conexos.

66 / RLIVA

Artíulo 66.- Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 29, fracción VII, último párrafo de la Ley, los contribuyentes que proporcionen los servicios de hotelería y conexos, deberán cumplir con los requisitos siguientes: ( Derogado el 26/09/2014 )
I. Inscribirse como empresa exportadora de servicios de hotelería ante el Servicio de Administración Tributaria, y ( Derogado el 26/09/2014 )
II. Conservar los documentos siguientes: ( Derogado el 26/09/2014 )
a) El contrato de los servicios de hotelería y conexos celebrado con el organizador del evento, en el que se deberá especificar el domicilio del lugar donde éste se llevará a cabo, así como la duración del mismo. ( Derogado el 26/09/2014 )
Cuando el comprobante de los servicios proporcionados se expida a nombre del organizador del evento, deberá consignarse en el mismo el nombre de los turistas extranjeros que recibieron los servicios de hotelería y conexos; ( Derogado el 26/09/2014 )
b) Copia del pasaporte y del documento migratorio que los turistas extranjeros hayan obtenido al internarse al país para participar en el congreso, convención, exposición o feria de que se trate, debidamente sellado por las autoridades migratorias y vigente durante el periodo del evento; ( Derogado el 26/09/2014 )
c) Registro de huéspedes en donde haya quedado inscrito el nombre del turista extranjero y su firma, y ( Derogado el 26/09/2014 )
d) Copia del pagaré que ampare el pago de los servicios prestados, mediante tarjeta de crédito expedida en el extranjero. ( Derogado el 26/09/2014 )

Correlación para el Artículo 66 / RLIVA