DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado |
|
---|---|
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES | |
Quienes se consideran residentes en la región fronteriza. | 5 / RLIVA |
Artíulo 5.- Para los efectos del artículo 2o. de la Ley, se consideran residentes en la región fronteriza: ( Derogado el 26/09/2014 ) | |
I. Los contribuyentes con uno o varios locales o establecimientos en dicha región, por las actividades que realicen en dichos lugares, y ( Derogado el 26/09/2014 ) | |
II. Los comitentes y las demás personas que realicen las actividades gravadas por la Ley en la región fronteriza, por conducto de comisionistas o personas que actúen por cuenta de terceros con uno o varios locales o con establecimientos en dicha región, por las actividades que realicen en dichos lugares. ( Derogado el 26/09/2014 ) | |
Correlación para el Artículo 5 / RLIVA | |