DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.
Código Fiscal de la Federación |
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Formalidades para notificaciones por edictos | 140 / CFF |
Artíulo 140.- (Reformado 28 de Junio 2006) Las notificaciones por edictos se harán mediante publicaciones en cualquiera de los siguientes medios: | |
I. Durante tres días en el Diario Oficial de la Federación. | |
II. Por un día en un diario de mayor circulación. | |
III. Durante quince días en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales, mediante reglas de carácter general. | |
Las publicaciones a que se refiere este artículo contendrán un extracto de los actos que se notifican. | |
Se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación. |