DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.
Código Fiscal de la Federación |
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Penas por robar o destruir mercancías en recinto fiscal o fiscalizado | 115 / CFF |
Artíulo 115.- Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que se apodere de mercancías que se encuentren en recinto fiscal o fiscalizado, si el valor de lo robado no excede de $85,720.00; cuando exceda, la sanción será de tres a nueve años de prisión. | |
La misma pena se impondrá a quien dolosamente destruya o deteriore dichas mercancías. |