DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior |
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Otros datos que deberá contener la resolución de inicio. | 81 / RLCE |
Artíulo 81.- Además de los datos señalados en el artículo anterior, la resolución de inicio a que se refiere el artículo 52 de la Ley deberá contener: ( Reformado el 23/05/2014 ) | |
I. Una convocatoria a las partes interesadas y, en su caso, a los gobiernos extranjeros, para que comparezcan a manifestar lo que a su derecho convenga, y ( Reformado el 23/05/2014 ) | |
II. El periodo probatorio. ( Reformado el 23/05/2014 ) |