Leyes y Reglamentos

Reglamento de la Ley de Comercio Exterior

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.

Fecha Publicación : 22/05/2014

Vigente Apartir Del : 23/05/2014

Reglamento de la Ley de Comercio Exterior

Requisitos que debe cumplir la solicitud por parte interesada, en una investigación administrativa de salvaguarda.

118 / RLCE

Artíulo 118.- La solicitud de parte interesada por la que se inicie una investigación administrativa en materia de salvaguarda, además de presentarse por escrito y de cumplir con los requisitos previstos en los artículos 50 y 51 de la Ley, se presentará con el formulario que expida la Secretaría, la que contendrá lo siguiente: ( Reformado el 23/05/2014 )
I. La autoridad administrativa competente ante la cual se promueva; ( Reformado el 23/05/2014 )
II. Su nombre o razón social y domicilio y, en su caso, de su representante, acompañando la documentación que lo acredite; ( Reformado el 23/05/2014 )
III. Actividad principal del promovente; ( Reformado el 23/05/2014 )
IV. Volumen y valor de la producción nacional del producto idéntico, similar o directamente competidor al de importación; ( Reformado el 23/05/2014 )
V. Descripción de su participación, en volumen y valor, dentro de la producción nacional; ( Reformado el 23/05/2014 )
VI. Los fundamentos legales en que se sustenta; ( Reformado el 23/05/2014 )
VII. Descripción de la mercancía de cuya importación se trate, acompañando las especificaciones y características comparativamente con la de producción nacional y los demás datos que la individualicen; el volumen y valor que se importó con base en la unidad de medida correspondiente y su clasificación arancelaria conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; ( Reformado el 23/05/2014 )
VIII. Nombre o razón social y domicilio de quienes efectuaron la importación aclarando si se realizó en una o varias operaciones; ( Reformado el 23/05/2014 )
IX. Nombre del país o países de origen o de procedencia de la mercancía, según se trate y, el nombre o razón social de la persona o personas que hayan realizado la exportación; ( Reformado el 23/05/2014 )
X. Análisis de la posición competitiva de la producción nacional que representa; ( Reformado el 23/05/2014 )
XI. El programa de ajuste que se instrumentará en caso de imponerse una medida de salvaguarda, y su viabilidad; ( Reformado el 23/05/2014 )
XII. Descripción de los hechos y datos que demuestren que el aumento de las importaciones causa daño grave o amenaza de daño grave a la rama de producción nacional de la mercancía idéntica, similar o directamente competidora, y ( Reformado el 23/05/2014 )
XIII. En su caso, descripción de solicitudes de otras medidas de regulación o restricción comercial en relación a la mercancía objeto de la solicitud. ( Reformado el 23/05/2014 )
La solicitud a que se refiere este artículo deberá contar con la firma autógrafa del interesado o de quien actúa en su representación. ( Reformado el 23/05/2014 )
La solicitud y documentos anexos deberán ser presentados en original y en tantas copias como señale la Secretaría en el formulario oficial. ( Reformado el 23/05/2014 )
Las copias de traslado se deberán presentar a más tardar con la respuesta a la prevención, en tantas copias como importadores, exportadores y, en su caso, gobiernos extranjeros nombren en su solicitud y en la respuesta a la prevención. Dichas copias deberán presentarse por el medio que determine la Secretaría. De no cumplir con esta obligación, la solicitud se tendrá por abandonada. ( Reformado el 23/05/2014 )
El procedimiento de investigación no será obstáculo para el despacho ante la aduana correspondiente de las mercancías involucradas en la investigación. ( Reformado el 23/05/2014 )