ANEXO 13 De Las Reglas Generales De Comercio Exterior Para 2026
Ley Aduanera |
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Exportación de Mar Territorial | 57 / LA |
| Artíulo 57.- ARTICULO 57. Se presume realizada la exportación de mercancías procedentes del mar territorial o de la zona económica exclusiva adyacente al mismo, en el momento en que sean descubiertas, si fueron extraídas o capturadas sin las concesiones, permisos o autorizaciones de explotación correspondientes. | |