ANEXO 13 De Las Reglas Generales De Comercio Exterior Para 2026
Ley Aduanera |
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Sanciones por las Infracciones del Art. 192 | 193 / LA |
| Artíulo 193.- ARTICULO 193. Se aplicarán las siguientes sanciones a quien cometa las infracciones relacionadas con la seguridad o integridad de las instalaciones aduaneras previstas en el artículo 192 de esta Ley: | |
l. Multa de $18,160.00 a $24,200.00, a la señalada en la fracción I. | |
II. Multa de $24,200.00 a $30,280.00, a la señalada en la fracción II, así como reparación del daño causado. | |
III. Multa de $24,200.00 a $30,280.00, si se trata de la señalada en la fracción III. | |
| A los infractores que aporten a los fondos a que se refiere el artículo 202 de esta Ley, una cantidad equivalente a la multa que se les imponga en los términos de este artículo, se les tendrá por liberados de la obligación de pagar dicha multa. | |