ANEXO 19 De La Resolución Miscelánea Fiscal Para 2024
Ley Federal de Derechos |
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Cuotas para el pago de los derechos por los servicios de expedición de los siguientes certificados | 158 / LFD |
Artíulo 158.- Por los servicios de expedición de los siguientes certificados, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas: | |
I. - Por la expedición de los siguientes certificados: | |
a) De aeronavegabilidad $4,500.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
b). - De matrícula $2,391.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
c). (Se deroga). | |
d). - De aeronavegabilidad o matrículas de aeronaves agrícolas $1,435.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
e). - De aeronavegabilidad o matrícula de aerostatos, aeronaves ultraligeras u otros análogos, cuando operen fuera de las áreas geográficas autorizadas a sus clubes $1,435.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
II. - Por la expedición de certificados de homologación por emisión de ruido. $1,435.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
III. - Por la renovación o reposición del certificado de aeronavegabilidad o matrícula $2,391.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
IV. Por la expedición del certificado de aeródromo $14,517.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
V. Por la asignación de marcas de nacionalidad y matrícula con siglas especiales $31,298.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
VI. Por la expedición del certificado de especificaciones del sistema de gestión de seguridad operacional $51,856.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) | |
VII. Por la expedición del certificado de producción de aeronaves y sus componentes $27,070.00* ( Reformado el 01/01/2024 ) |