Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
|
|---|---|
|
Constancia de exportación de residentes en territorio nacional que enajenen productos a empresas IMMEX | 167 / RLA |
| TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS | |
| CAPÍTULO IV
TEMPORALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN | |
| SECCIÓN SEGUNDA
PARA TRANSFORMACIÓN, ELABORACIÓN O REPARACIÓN | |
| Artíulo 167.- Para efectos de lo establecido en el artículo 108, cuarto párrafo de la Ley, se considerará que los Residentes en Territorio Nacional que enajenen productos a las empresas con programa de manufactura, maquila y de servicios de exportación autorizados por la Secretaría de Economía cuentan con la constancia de exportación, cuando tramiten los Pedimentos a que se refiere el artículo 112 de la Ley. | |
Correlación para el Artículo 167 / RLA | |