Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
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Importación temporal, retorno o transferencia de equipo relacionado con la industria ferroviaria | 165 / RLA |
TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS | |
CAPÍTULO IV
TEMPORALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN | |
SECCIÓN PRIMERA
IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TEMPORALES | |
Artíulo 165.- Para efectos del artículo 107, primer párrafo de la Ley, la importación temporal, retorno y transferencia de locomotoras, carros de ferrocarril y equipo especializado relacionado con la industria ferroviaria para el transporte en territorio nacional de las Mercancías que en ellos se hubieren introducido al país o las que se conduzcan para su exportación, se efectuará mediante listas de intercambio conforme a lo que señale el SAT mediante Reglas. | |
Correlación para el Artículo 165 / RLA | |