Leyes y Reglamentos

Reglamento de Ley Aduanera

Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021

Fecha Publicación : 24/12/2021

Vigente Apartir Del : 01/01/2022

Reglamento de Ley Aduanera

Requisitos para importación temporal de menajes de casa

159 / RLA

TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS
CAPÍTULO IV
TEMPORALES DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN
SECCIÓN PRIMERA
IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN TEMPORALES
Artíulo 159.- Para efectos del artículo 106, fracción IV, inciso b) de la Ley, se podrán importar los menajes de casa de residente temporal y residente temporal estudiante, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
I. Acreditar la condición de estancia, conforme a la legislación aplicable;
II. Señalar el lugar en el que establecerán su residencia en territorio nacional y la descripción de los bienes que integren el menaje de casa, y
III. Manifestar a la Autoridad Aduanera que se obligan al retorno de la Mercancía y que, en caso de cambio de domicilio, darán aviso.

Correlación para el Artículo 159 / RLA