Cantidades actualizadas por Reglas Generales de Comercio Exterior DOF 24-12-2021
Reglamento de Ley Aduanera |
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IMMEX que cuenten con el procedimiento de revisión en origen | 145 / RLA |
TÍTULO CUARTO
REGÍMENES ADUANEROS | |
CAPÍTULO II
CERTIFICACIONES | |
SECCION PRIMERA REVISIÓN EN ORIGEN | |
Artíulo 145.- Las empresas con programa de manufactura, maquila y de servicios de exportación autorizados por la Secretaría de Economía que realicen importaciones bajo el procedimiento a que se refiere el artículo 98 de la Ley, podrán: | |
l. Corregir espontáneamente sus Pedimentos de importación temporal, para destinar a dicho régimen las Mercancías que no hubieran declarado en los Pedimentos, sin que deban pagar las contribuciones o cuotas compensatorias respectivas, y | |
ll. Calcular el margen de error señalado en el artículo 99, fracción l de la Ley. | |
En los casos en que el porcentaje determinado en los términos del artículo 99, fracción ll de la Ley, sea mayor que el porcentaje del margen de error que resulte conforme a la fracción II de este artículo, se sujetarán a lo dispuesto por la fracción III del artículo 99 de la Ley. El pago a que se refiere este párrafo no convertirá la importación temporal en definitiva. | |
Correlación para el Artículo 145 / RLA | |