DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos.
Ley del Impuesto Sobre Automoviles Nuevos |
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Momento en que se Efectúa la Enajenación. | 9 / LISAN |
Artíulo 9.- Se considera que se enajena un automóvil en el momento en que se realice cualquiera de los supuestos siguientes: | |
I. - Se envíe al adquirente. A falta de envío, al entregarse materialmente el automóvil. | |
Il. - Se pague parcial o totalmente el precio. | |
Ill. - Se expida el comprobante de la enajenación. | |
IV. - Al incorporarse al activo fijo o al transcurrir el plazo de un año a que se refiere el primer párrafo del artículo 6o. de esta Ley. | |
Correlación para el Artículo 9 / LISAN | |