Anexo 13 de las reglas generales de comercio exterior para 2022
Ley Aduanera |
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Vinculación Afectada | 69 / LA |
Artíulo 69.- En una venta entre personas vinculadas, se examinarán las circunstancias de la venta y se aceptará el valor de transacción cuando la vinculación no haya influido en el precio. | |
Para los efectos de este artículo, se considerará que la vinculación no ha influido en el precio, cuando se demuestre que: | |
I. El precio se ajustó conforme a las prácticas normales de fijación de precios seguidas por la rama de producción de que se trate o con la manera en que el vendedor ajusta los precios de venta a compradores no vinculados con él. | |
II. Con el precio se alcanza a recuperar todos los costos y se logra un beneficio congruente con los beneficios globales obtenidos por la empresa en un periodo representativo en las ventas de mercancías de la misma especie o clase. |