Leyes y Reglamentos

Ley Aduanera

Anexo 13 de las reglas generales de comercio exterior para 2022

Fecha Publicación : 24/12/2021

Vigente Apartir Del : 01/01/2022

Ley Aduanera

Interrupción de Plazos de Abandono de Mercancías

33 / LA

Artíulo 33.- Los plazos de abandono se interrumpirán:
I. Por la interposición del recurso administrativo que corresponda conforme al Código Fiscal de la Federación o la presentación de la demanda en el juicio que proceda.
El recurso o la demanda sólo interrumpirán los plazos de que se trata, cuando la resolución definitiva que recaiga no confirme, en todo o en parte, la que se impugnó.
II. Por consulta entre autoridades, si de dicha consulta depende la entrega de las mercancías a los interesados.
III. Por el extravío de mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana.