Anexo 13 de las reglas generales de comercio exterior para 2022
Ley Aduanera |
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Equipo Especial de Embarcaciones | 31 / LA |
Artíulo 31.- El equipo especial que las embarcaciones utilicen para facilitar las maniobras de carga, descarga y que dejen en tierra, causará abandono tres meses después del día siguiente a aquel en que dichas embarcaciones hayan salido del puerto. | |
Durante ese lapso este equipo podrá permanecer en el puerto sin el pago de los impuestos al comercio exterior y utilizarse por otras embarcaciones de la empresa porteadora que lo haya dejado en el puerto. |