DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta |
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TÍTULO V.
DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON INGRESOS PROVENIENTES DE FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL | |
Aviso presentado por el depositario para quedar liberado de la obligación de pagar impuesto | 292 / RLISR |
Artíulo 292.- Para efectos del artículo 166 de la Ley, tratándose de la retención respecto de los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito a que se refiere dicho artículo, el aviso que presente el depositario para quedar liberado de la obligación de pagar el Impuesto deberá contener, además de los requisitos a que se refiere el artículo 31 del Código Fiscal de la Federación, los siguientes: | |
I. Nombre y residencia fiscal de la persona física o moral que no proporcionó los recursos; | |
II. Fecha del traspaso y nombre del intermediario o depositario al cual se le traspasan los títulos; | |
III. Folio, en su caso, asignado al traspaso de los títulos; | |
IV. Último precio registrado por el depositario que traspasa los títulos; | |
V. La fecha de vencimiento de los títulos transferidos; | |
VI. El emisor de los títulos, y | |
VII. El número de serie y cupón de los mismos. | |
El aviso deberá presentarse ante la autoridad fiscal dentro de los quince días siguientes contados a partir de la fecha en que se debió haber enterado el Impuesto correspondiente. | |
Correlación para el Artículo 292 / RLISR | |