DECRETO por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta |
|
---|---|
TÍTULO IV.
DE LAS PERSONAS FÍSICAS. DISPOSICIONES GENERALES | |
CAPÍTULO II.
DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES | |
SECCIÓN ÚNICA.
DE LAS PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES | |
Ingresos no considerados esporádicos | 191 / RLISR |
Artíulo 191.- Para efectos del artículo 107 de la Ley, cuando los contribuyentes dispongan de un local como establecimiento permanente para prestar servicios profesionales, los ingresos por dichos servicios no se considerarán obtenidos esporádicamente. | |
Correlación para el Artículo 191 / RLISR | |